Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ORDENA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA correspondiente al ciudadano JUAN ERNESTO BLANCO OTAIZA, anteriormente identificado, en virtud de las reiteradas incomparecencias a las diferentes oportunidades que ha sido convocado para la celebración de la Audiencia Preliminar. Líbrese los oficios correspondientes a los órganos policiales y de seguridad del Estado, participándole de la presente decisión. Cúmplase.