Por las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud planteada por la Representación Fiscal y ordena la DESTRUCCION de la droga incautada; en la causa seguida a los imputados PETRA CELESTINA GUAICARA, titular de la cédula de identidad Nº 8.220.056, ANA MARÌA GUAICARA, Indocumentada y ALEXANDER JOSÈ MONTANA BORGES, titular de la cédula de identidad Nº 16.925.512, con domicilios todos en la Ciudad Barcelona - Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de uno del los delitos contenidos en la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, mediante el procedimiento de incineración de conformidad con lo previsto en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Líbrese copia ce.....