Por los razonamientos anteriormente eexpuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por el ciudadano JUAN CARLOS TABATA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.818.151, domiciliado en la calle Aragua 2-19, Anaco, Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana YUBISAY MARIA SOLANO MAYORGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.307.118, domiciliada en la CALLE Páez al final, casa s/n, al lado de la Iglesia Evangélica Luz del Mundo, Santa Ana, Estado Anzoátegui. En consecuencia, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se modifica la Obligación de Manutención a pagar por el ciudadano JUAN CARLOS TABATA RODRIGUEZ,