Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el Ciudadano ALEXIS MATA MONASTERIO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N’ 3.441.323, con domicilio en San José de Guanipa. Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, a a través de su apoderado judicial, Ciudadano HEBERTO CONTRERAS CUENCA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N 1.900, con domicilio en San José de Guanipa. Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui. Así se decide.