Se dictó Sentencia Definitiva declarándose: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y con fundamento en el Mutuo Consentimiento, de conformidad con lo establecido en la sentencia vinculante Nº 693, de fecha 02 de junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHAN, interpuesta por los ciudadanos: ALEXIS EDUARDO RAMIREZ PEÑALOZA y LUZ MARIA PEREZ DE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.781.691 y V-5.990.543, respectivamente, ambos de este domicilio, en consecuencia se Declara DISUELTO el vínculo matrimonial, contraído en fecha veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete (2.017), quedando registrada en el Acta Nº 07, Folio N° 07, Libro Nº 01, por ante el Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.