En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de nulidad interpuesto por los Abogados Raul Rangel y Juan Castillo Figueroa, actuando en sus caracteres de Apoderados Judiciales de la ciudadana Yasmira Maria Cordero Cordero, todos ya identificados contra la Gobernación del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón del principio constitucional de igualdad de las partes ya que si la Administración Pública no puede ser condenada mal podría condenarse al particular.
Tercero: Notifíquese a las partes de la presente sentencia.
Publíquese y Regístrese esta sentencia.