Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA DE PROTECCION a favor de la ciudadana DALIA ROJAS, extensiva a: sus hijos DAYANA LORENA ROJAS, LEONARDO JOSE ROJAS, LUIS DANIEL BLANCO ROJAS, ROSMERY BLANCO ROJAS, a su nieta DUBRASKA ROJAS AMUNDARAY y a su nuera YORDANA AMUNDARAY, las siguientes medidas de protección, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 Y 31 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos Procesales.
PRIMERO: Oficiar a la brigada especial de Protección a la Victima de la Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana DALIA ROJAS, extensiva a sus hijos DAYANA LORENA ROJAS, LEONARDO JOSE ROJAS, LUIS DANIEL BLANCO ROJAS, ROSM.....