En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por la materia para conocer la presente Querella Contenciosa Administrativa Funcionarial intentada por el ciudadano HUMBERTO RAMÓN ESPAÑOL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la población de Casanay, Estado Sucre y titular de la cédula de identidad Nº 5.231.023, asistido por el abogado en ejercicio Sandy Rojas Farias, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.614, en contra del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; y en consecuencia, declina la competencia para conocer de la misma en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de l.....