Hechas esas consideraciones la Sala observa que en el caso concreto la parte actora impidió la consumación de la perención breve, al realizar actos de impulso destinados a lograr la citación, todo lo cual permite determinar que a partir del primer acto de impulso comenzó a correr desde el día siguiente el lapso para la perención anual, quedando bajo su cargo el cumplimiento de la obligación de suministrar al alguacil los medios necesarios para lograr la citación, lo que debe ser cumplido frente al alguacil del tribunal comisionado, acto este que en el caso no ha ocurrido por haber sido indebidamente declarada la perención breve."
Analizado estos supuestos se desprende de las actas que de igual forma la parte acciónate del presente juicio a través de sus escrito y diligencia hizo del conocimiento del tribunal la materialización de todos sus intentos para la practica de la citación hasta lograr hacerla efectiva. De lo anteriormente expuesto esta juzgadora considera improcedente la soli.....