En consecuencia este Tribunal de Control N° 06, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Con lugar la solicitud presentada por el ciudadano RICARDO ANTONIO GONZALEZ, debidamente asistido por la Abog. LAURA J. LUCERO LEAL, la entrega formal del vehículo con las siguientes características: MARCA TOYOTA, MODELO PRADO VX 4X4 AUT, AÑO 2001, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT-WAGON, CORLOR BEIGE, PLACAS MCO-71D, SERIAL DE CARROCERIA 9FH11VJ959002757, SERIAL DE MOTOR 5VZ1063631; la misma bajo Guarda y Custodia, comprometiéndose la referida ciudadana a presentar el vehículo mencionado ut-supra, al órgano jurisdiccional o al Ministerio Público, toda vez que sea requerido por los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 10 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotor. SEGUNDO: Devuélvase los documentos originales al solicitant.....