RESOLUCION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta para los ciudadanos ELIUD DANIEL CARRIZALES Y ALEN ENRIQUE MORALES APARICIO, identificadoS en autos, ACUERDA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, prevista en el artículo 256, ordinales 3ro, y 6to. Del Código Adjetivo, consistente en la presentación a cada quince (15) días, a partir de la presente fecha, por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, la prohibición de salida de la jurisdicción de este Tribunal y la prohibición de acercarse a la victima. Asimismo se acordó que el procedimiento a seguir es el procedimiento ordinario de conformidad a lo previsto en artículo 280 y 300 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse las actuac.....