En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Hecho ejercido por la representación judicial de la empresa C.A. HIDROLOGICA DEL CARIBE (HIDROCARIBE) contra la decisión del Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 04 de mayo de 2005, la cual queda confirmada.