En este estado interviene el tribunal y expone: "El tribunal constata que el abogado en ejercicio DORELYS BEATRIZ RINCON LINARES, tiene amplias facultades para transigir, en representación de LA EMPRESA, y que la cantidad sometida a transacción, alcanzan el monto de TREINTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.30.000,00), y siendo que después de terminada la relación de trabajo, los derechos laborales discutidos en juicio son disponibles, por lo que a juicio del tribunal, el acuerdo suscrito no es contrario a derecho ni a ninguna disposición legal, ni versa sobre materias en las cuales esté prohibida la transacción ni el desistimiento, no viola o cercena derechos irrenunciables del trabajador. En vista de ello, y siendo el monto transado la cantidad de (Bs.30.000,00), y por cuanto la Mediación ha sido Positiva, de conformidad con lo previsto con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABA.....