DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, incoada por el ciudadano ANTONIO VILLARROEL, en contra de la empresa PDVSA PETROLEO, S.A.
SEGUNDO: Este Tribunal considera que existe una persistencia en el despido por la parte demandada, sin que ésta diere cumplimiento simultáneo al pago de las indemnizaciones previstas en Articulos125 y 126 de la Ley Orgánica del Trabajo del 19 de Junio de 1997. Computado el correspondiente pago de salarios caídos desde el día del despido, vale decir, desde el 08 de Noviembre del 2011, hasta la fecha de la persistencia del despido, vale decir hasta el 01 de Junio del 2015. En consecuencia, se impone a la parte demandada en su manifiesto de persistencia del despido del accionante a dar estricto cumpl.....