este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ORDENA la ampliación de la experticia complementaria del fallo de fecha 1 de junio de 2017; por lo que resulta necesario notificar a la experta MAZEL DEL VALLE GENER JAIME, a la ampliación de la experticia presentada en fecha 1 de junio de 2017, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación; a fin de realizar la ampliación de la experticia presentada en fecha 1 de junio de 2017, bajos los parámetros dispuestos en esta motiva. Todo ello, en aras de garantizar un proceso sin dilaciones indebidas, conforme al principio de celeridad, sencillez e inmediatez que deben tener las actuaciones judiciales en el proceso laboral.