Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara LA CADUCIDAD DE LA ACCION y por consiguiente, SIN LUGAR, la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano FREDDY JOSE TINEO RODRIGUEZ en contra de la empresa SERVICIOS Y PERFORACIONES DELTA, C.A.