Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos ARQUIMEDES ANTONIO CABELLO y CARLOS RAFAEL BONILLO, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos LUIS JOSE, MERY DEL VALLE, YELITZA, YELIMER MARIA, VICTOR LUIS FUENTES LUNAR, y su cónyuge VICTOR LUIS FUENTES SCHOLTZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-8.498.198, V-9.815.423, V-11.422.776, V-12.074688, V-14.633.177 y V-2.334.389, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara OMAIRA MARÍA LUNAR DE FUENTES, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N°. 1.155823, y quien falleció en fecha 06 de abril de 2015; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de co.....