DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente con lugar la solicitud por Obligación de Manutención,
es fijada en la cantidad de dos mil doscientos veinte siete bolívares mensuales, con aumento automático en beneficio de los niños Carlos Leonardo, de tres años y XXXXXXXXXXXXX en representación de la ciudadana JUANA MARGARITA BETANCURT MEZA titular de la Cedula de Identidad Nº. 25.228.301, en contra del ciudadano JORGE LUIS CARPIO AMARICUA ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes. No hay lugar a condenatoria en costas. Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente sentencia. Dada, se.....