Este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y con fundamento a lo establecido en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana ALEIDA JOSEFINA BALLESTEROS SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.484.619, debidamente representada en este acto por el Abogado Ramón Lorenzo Salazar, inscrito en el IPSA bajo el Nº 215.545. En consecuencia, se ordena a la Oficina de Registro Civil del Municipio Cajigal, Parroquia Onoto del estado Anzoátegui, así como, al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, a fin de que estampe la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento distinguida con.....