Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste tribunal de los Municipios Manuel Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda por obligación alimentaria, interpuesta por la ciudadana Méndez Rosal Yurbelis Adelaida, en representación de sus hijos los niños: Gabriela Roxana, Wilker Gabriel, y Yusleibis Alejandra Castillo Méndez, de 7, 2 y 1 año de edad, respectivamente, en contra del ciudadano Gabriel José Castillo Mendoza y le fija la obligación alimentaria en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 150.000,00) mensuales, en benficio de los niños antes mencionados Gabriela Roxana, Wilker Gabriel y Yusleibis Alejandra Castillo Méndez, en la proporción de Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,00) mensuales para cada niño ya citados, tomando en consideración el interés superior de lo.....