En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida a través de las representaciones judiciales de LUIS HUMBERTO GUEVARA, y a la empresa PANAMCO DE VENEZUELA, C.A; hoy denominada COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio. Conforme al pago que las partes declararon haberse efectuado, lo cual se evidencia de copia simple del instrumento cambiario consignado con el inicial escrito transaccional, posteriormente corregido, cuyos efectos hicieron valer, signado bajo el No.28454188, girado contra el Banco del Caribe, en fecha 20-07-2005, por un monto de ONCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.11.000.000,oo) a favor del ciudadano LUIS HUMBERTO GUEVARA. Asimismo se acuerda expedir por secretaría dos (02) copias certificadas del escrito transacc.....