El Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y declara embargado la cantidad de Bs. 593.750.000,00, por acreencias que pudiera tener la empresa Pride International, C.A a favor de la Empresa y Servicios La Ciacera, C.A y en caso de existir las mismas,. el monto deducido por el embargo practicado deberán ser remitido al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante Cheque de Gerencia a la orden de ése mismo Tribunal.