DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ESTEBAN WILFREDO LINARES ALLEN, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 8.293.926, natural de Barcelona- Estado Anzoátegui, nacido en fecha 26-12-1976, de 34 años de edad, hijo de los ciudadanos: Marin Linares y Marina Allen, residenciado en: Vía San Diego el Rincón Sector Valle del Sol Calle 5 Casa S/N. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma origi.....