DECLARA: CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogado MARIA JOSE CARRION GUAYAMO en su condición de Juez del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en la ciudad de Barcelona, en la causa número BP02-R-2024-000170 contentiva del Recurso de Apelación que incoare la parte actora ciudadano JOSE TOMAS GARCIA FIGUERA en contra de la decisión por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en el asunto BP02-L-2024-000035 contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoare el referido ciudadano en contra de la entidad de trabajo D’ FRANCO C.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 31 numeral 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.