Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: CON LUGAR EL PEDIMENTO interpuesto Dra. AMALIA LOPEZ LUCES, en su carácter de Defensora Pública Segunda Penal, del acusado HECTOR JOSE PIÑA PACHECO, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.182.299, y en consecuencia revisa la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al referido acusado, y en su lugar acuerda la imposición de MEDIDAS CAUTELARES DE LIBERTAD, de las contenidas en los numerales 3, 4, 6 y 8 del articulo 256 en relación con el articulo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, medidas consistentes en: 1. Presentación por ante este Tribunal cada OCHO (08) días; 2. Prohibición de salida de la Jurisdicción del Tribunal sin autorización. 3. Prohibición de acercarse a la victima; y 4. Prestación de una caución económica a través de dos (2) personas idóneas que devenguen una remuner.....