Con fundamento a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso contencioso de nulidad ejercido por el Abogado José Luís Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.025, en su condición de apoderada judicial de la empresa Productos Piscícolas Propisca, S.A., interpuso Recurso de Nulidad contra la Providencia Administrativa No. 075-07, dictado en fecha 9 de octubre de 2007, por la Inspectoría del Trabajo de Carúpano Estado Sucre, mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos intentada por el ciudadano Gabriel José Alfonzo Fernández. Así se declara.