Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que son los Tribunales de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Barcelona, capital del Estado Anzoátegui, los competentes para conocer de la acción por Divorcio 185-A incoada por los ciudadanos MAGALYS DEL VALLE RODRÍGUEZ y TAGUI JOSÉ GÓMEZ MAITA.
Queda así regulada la competencia solicitada por el Juez del Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, con sede en la Ciudad de El Tigre.-
Expídase copia certificada de la presente decisión para ser agregada al Libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, y remítase oportunamente a la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos (URDD), a fin de que sea enviado a los Juzgados .....