DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA formulada por el (la) ciudadano (a) JESUS MIGUEL HERNANDEZ MAESTRE, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.502.414, de este domicilio, presentado por el Dr. HENRY RAFAEL SANDOVAL GONZALEZ, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público adscrito a la Unidad de Depuración Inmediata de casos de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: Se devuelve la presente actuación a la Fiscalía adscrita a la Unidad de Depuración Inmediata de casos de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de que la archive conforme al Artículo .....