en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO ppresentado por los ciudadanos: MANUEL JAVIER DELGADO RIOS Y VANESSA DEL CARMEN REY MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-8.267.370 y V-16.852.330, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio JOHANA MARCANO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 81.156, donde se encuentra involucrado el niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , quien no posee discapacidad ni pertenece a grupo étnico, mediante la cual sol.....