Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por VIA EJECUTIVA, incoada por el abogado EDGARDO ZAPATA RUTMANN, con el carácter de apoderado judicial de la JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS CACHAMAY, en contra del ciudadano BENIGNO CARDENAS PINTO, todos plenamente identificado en autos. En consecuencia, se imputa la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 3.533.664,85) adeudada por el demandado al monto de CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y UN BOLÍVARES CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 4.718.171,81 cts.); depositados por la parte demandada en la Cuenta N° 1781026588 perteneciente al Condominio del Edificio Cachamay, más los.....