Se dictó Sentencia Interlocutoria en el presente asunto declarandose: SIN LUGAR: el Recurso de apelación interpuesto por el abogado ROMAN GUILLENT SOLORZANO, en fecha 21 de julio de 2015 en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad mercantil INVANEL DE VENEZUELA, CA (INVANELCA), contra la sentencia dictada en fecha 09 de julio de 2015 dictada por el Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción judicial en relacion al juicio que por Cobro de Bolivares via intimatoria incoara la Sociedad Mercantil ENFRIAMIENTOS Y CONSTRUCCIONES TAGUAPIRE, CA en su contral. SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia objeto de apelación que declaró sin lugar la Oposición a la medida preventiva de embargo decretada por el Juez Aquo en fecha 23 de septiembre de 2014. Así se decide.-