Con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 04, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al Ciudadano WILFREDO JOSE COA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 8.224.838, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 29-03-65, de 42 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de GODOFREDO GUACARAN y AMERICA COA, residenciado en el Sector Viñedo, Calle 5, casa N° 4, Barcelona Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificado en el articulo 420 ordinal 2 en relación con el articulo 415 del Código penal, en concordancia con los artículos 216, 217 y 218 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del adolescente JOSE GA.....