Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en función de juicio del Sistema Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley RESUELVE LO SIGUIENTE : designa DEFENSOR PUBLICO al acusado IDENTIDAD OMITIDA, actualmente recluido en la Casa de Formación Integral Profesor Antonio Diaz, TELEFONO 0416-384.1526 y a tales efectos se ordena librar oficio a la Coordinación de la Unidad de la Defensa Publica de este Estado a los fines de que le designe a la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, un Defensor Publico adscrito a la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal.
Todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 544, 654 literal "c" y 657 de la l Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescent.....