Este Tribunal de Control Nº 1 Sección de Adolescente del Circuito Judicial Del Estado Anzoátegui, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara RESPONSABLE al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el articulo 407 del Código Penal en perjuicio del también adolescente LUIS JOSE ALVAREZ AMARICUA y lo SANCIONA con la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el plazo de TRES (3) AÑOS y CUATRO (4) MESES, medida esta que deberá cumplir en un establecimiento Público especializado de donde sólo podrá salir con orden judicial, todo de conformidad con lo establecido en los articulos 620 literal f) y 680 Paragrafo Primero y Paragrafo Segundo literal a) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente en relación con el articulo 538 y 622 Eiusdem.
Regístrese, Publíquese y Remítase al Tribunal de Ejecución Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal en la oportunidad legal......