DECISIÓN
En merito de lo expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de Prescripción opuesta por la sociedad accionada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano VALERA EGLIS JOSE en contra de la sociedad demandada TRANSPORTE Y SERVICIOS LOMORCA, C.A. ambos plenamente identificado en autos, por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales.
TERCERO: Se condena a la demandada a cancelar al demandante VALERA EGLIS JOSE, la suma de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs.17.574.658,91); por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, determinados y especificados precedentemente, sin perjuicio de las sumas qu.....