este tribunal tercero de primera Instancia de Juicio del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, HOMOLOGA, el desistimiento del procedimiento que hubieran hecho los ciudadanos JUAN YAGUARE, JULIAN HERNANDEZ, ELIAS PERALES, JUAN BAUTISTA LOPEZ. Titulares de las Cédulas de identidad nros. 6.633.454, 8.966.524, 12.146.793 y 10.063.150, respectivamente; debidamente asistidos por abogado; y en consecuencia se le extiende los efectos de cosa juzgada al mismo, por lo cual se ordena mantener la presente causa en el archivo general de este Circuito laboral, durante cinco (5) días hábiles a partir del día hábil siguiente a la presente fecha y una vez vencido dicho lapso, se termine en el sistema juris 2000 el presente asunto y se remita el expediente físico al archivo judicial. Cúmplase.