Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de Revisión de Régimen de Convivencia Familiar, incoado por el ciudadano EDITO JESUS COVA GUEVARA (padre), Asimismo, se insta a los ciudadanos EDITO JESUS COVA GUEVARA y CAROLINA DEL VALLE BOLIVAR MARTELO, a que deben asistir a orientaciones psicológicas privadas y obligatorias, para así mejorar las relaciones familiares y una vez culminas estas presentar ante el Tribunal de Ejecución un Informe Final de las mismas. Razón por la cual se acuerda comisionar al Equipo de Trabajo Social de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Estado, a los fines de hacer un seguimiento del caso por un período máximo de seis (06) meses, quien deberá co.....