DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio, Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, como consecuencia del Procedimiento Especial por Admisión de Hechos, establecido en el artículo 371 ordinal 3º de la Reforma del Código Orgánico procesal Penal, aplicado este por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niñas Niños y Adolescentes DECLARA RESPONSABLE, a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Natural de Barcelona, fecha de nacimiento desconoce, Estado Civil Soltero, oficio estudiante, hijo de Wladimir Rodríguez y Carmen Hernández, Residenciado en el Sector San Diego, Calle Bolívar, casa S/N, de color verde, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui. IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Natural de Puerto la Cruz, Residenciado en el Sector San Diego, Calle.....