En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 01 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana MARIA VIDALINA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.401.771, domiciliada en: Calle 24 de Junio, casa A-36, Guamachito, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, para que visite a su hija de la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en la Entidad de Atención ABANSA "MI REFUGIO", UBICADA EN EL SECTOR CAYAURIMA DE LA CIUDAD DE BARCELONA, MUNICIPIO BOLIVAR DEL ESTADO ANZOATEGUI. Ofíciese lo conducente al Director de la mencionada institución. Líbrese oficio. Cúmplase.-