Es por todo ello que esta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA , de conformidad con los artículos 125, 126, literal "I", y 128 EJUSDEM, ACUERDA RATIFICAR, LA COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA PROVISIONAL del niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). la cual se va ejecutar en la persona de la ciudadana MARIALEX DEL VALLE SANTAMARIA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-13.710.668, domiciliada en: la Avenida Costanera, Conjunto Residencial Puerto Guaica, Apartamento 8-32, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, en concordancia es por ello que de conformidad con el .....