Por las razones que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos RICARDO ALFONSO MONSERRAT DELGADO y PATRICIA FABIOLA BARRIOS CABEZA, plenamente identificado en autos y debidamente asistidos por la abogada en ejercicio IRIS PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.286. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante el Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, hoy Registro Civil, el 19 de diciembre de 2008, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 87, acompañada a lo.....