Por los razonamientos ante expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoategui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados RICHARD JOSE RIVAS RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.903.868, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 11-09-1974, de 29 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Buhonero, hijo de Padre JOSE RAMON RIVAS (v) y ENILDA DEL VALLE RODRIGUEZ (v) residenciado en Sector San Diego, Valle de Putucual, Calle Piar, Casa Sin Número, Estado Anzoátegui; y DENNYS MANUEL ALVES RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.910.204, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07-05-1982, de 22 años de edad, de Estado Civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de ALIDA JOS.....