DECISIÓN
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuesto, este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la accionante YOHANNIS GONZÁLEZ en contra del INSTITUTO POLITÉCNICO SANTIAGO MARIÑO, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena al patrono accionado a reincorporar a la reclamante en las mismas condiciones de trabajo que tenía para la fecha de su injustificado despido, a saber: Como secretaria adscrita al departamento de ingeniería y arquitectura, en un horario de trabajo de 8:00 a.m. a 12 m y de 3:00 p.m. a 7:00 p.m.
TERCERO: Al pago de los salarios dejados de percibir por la accionante calculados a razón de Bs. 7.605, diarios, desde el día 30 de octub.....