Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: mantener el sitio de reclusión del acusado JOSE RAMON JIMENEZ SIFONTES, el cual deberá ser el Instituto Autónomo de Policía Municipal "Simón Bolívar", donde quedara recluido PROVISIONALMENTE a la orden y disposición de este Tribunal hasta tanto sea remitida la presente causa al Tribunal de Ejecución que corresponda conocer de la misma. Ofíciese lo Conducente.