DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demandada que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES incoara el ciudadano JONNYS ANTONIO BRITO GARCIA, en contra de la empresa CENTRO MEDICO MAZZARI REY, C.A. plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, no se condena en costas procesales a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En El Tigre, a los DIEZ (10) días del mes de AGOSTO del año DOS MIL ONCE (2011). A.....