PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida en fecha 13 de Abril del 2016, suscrita por la Abogada en ejercicio MARIBEL ALFONZO MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 139.175, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, contra decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 11 de abril de 2016.-
SEGUNDO: Se niega la medida de secuestro sobre ciertos bienes muebles, solicitado por la ciudadana CARMEN BESTALIA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.236.043.-