DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte Superior Sección Adolescentes de la Región Oriental Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estado Anzoátegui y Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la profesional del derecho la Abogada Dra. Daisy Yanez Betancourt, en su carácter de Defensora Pública Segunda de Responsabilidad Penal, Extensión el Tigre, de esta Circunscripción Judicial, invocando la unicidad de la DEFENSA PUBLICA, y domiciliada en la Avenida Intercomunal Tigre¿San José de Guanipa, Sector la Redoma de Aguanta, Vía al cementerio Jardines de Guanipa, Edificio Defensa Pública, detrás del Hotel "La Redoma", en la ciudad de el Tigre, Estado Anzoátegui, y en defensa de los derechos del hoy joven adulto, IDENTIDAD OMITIDA, contra del Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes Barcelona, por la actuación de dictar decisión en fecha 11 de ag.....