En razón de lo precedentemente expuesto, este Tribunal HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento efectuado por la parte actora debidamente asistido de abogado, según la ya referida diligencia de fecha 6 de octubre de 2.006, otorgándole al mismo los efectos de la cosa juzgada, dando por terminado el presente juicio y ordenándose el archivo del expediente Y ASÍ SE DECIDE