Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: INCULPABLE Y ABSUELVE al ciudadano ROMARGE JOSE REINOZA, venezolano, cédula de identidad N° 13.810.375, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 22-09-1976, de 34 años de edad, de estado civil Casado, de ocupación Chofer, hijo de los ciudadanos: Libia Reinoza (v) y Romar Dayar (v) , con domicilio en urbanización el paraíso calle 63, numero 139-173 San Diego Estado Carabobo por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 vigente para la época en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de JESUS ALBERTO GARCIA, por cuanto del cúmulo probatorio evacuado en el debate no se demostró su responsabilidad y /o culpabilidad en la comisión del citado delito; siendo pr.....