En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión En Divorcio de La Separación De Cuerpos, presentada por los ciudadanos JOSSEHP NEPTALI SANCHEZ GARCIA Y ROSELYS LYDUVINA TONONY MADRID, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos: V-18.360.443 y V-19.775.725 respectivamente, domiciliados en San Mateo, Municipio Libertad del Estado Anzoátegui. Asistidos por el Abogado ADELINO MOISES MERECUANA ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.231.586, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.121, y DISUELVE por consiguiente el vínculo Matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fue c.....